Una psicóloga fue clave en la condena al abuelo que abusó de su …

Como caba de esperar, el tribunal que juzg al abuelo acusado de abusar sexualmente de su nieta menor consider esencial la versin de una psicloga del hospital de Lugo para declarar culpable al octogenario de Cospeito. Fue condenado a cinco aos y un mes de crcel y durante diez aos no podr acercarse ni comunicarse con la vctima. El tribunal solo rebajo en once meses la solicitud de condena planteada por el fiscal. El condenado neg los hechos y dijo que solo le tocaba la espalda.

El tribunal declara probado que el condenado convivi con la menor entre febrero y noviembre del 2012 cuando ella tena ocho aos. La pequea acuda en fines de semanas alternos y dos tardes a la semana a la casa donde estaba su padre y resida tambin el abuelo.

Dice el fallo que en varias ocasiones en las que los nietos pernoctaron en el domicilio del acusado ste, aprovechndose de su condicin de abuelo y del cario y confianza que su nieta le tena, durmi en la habitacin con la nia y en alguna de esas ocasiones, en cinco o seis veces, la hizo objeto de tocamientos, introducindole la mano por debajo del pijama. De tales hechos la menor no dijo nada hasta que su madre se alert como consecuencia de las pesadillas nocturnas que sufra la pequea.

Dice el tribunal que la pequea reiter en su declaracin lo que inicialmente cont a su madre cuando esta se percat de que en una de sus pesadillas deca por ah no. El testimonio tambin fue ratificado por la pediatra que expres que al relatar la situacin la nia se pona roja y estaba incmoda. Asimismo fue relevante la versin de la orientadora del colegio.

Sin embargo, el testimonio esencial fue el de una psicloga del hospital lucense que explor a la nia y describi lo que le contaba y especialmente dnde le tocaba. Tal facultativa -dice la sentencia- result inequvoca en el sentido de que el relato de la nia era cierto. La especialista indic que la menor se haba enfadado porque el relato inicial que le hizo a la madre, alarmada por las pesadillas trascendi a posteriori. Es decir, pretenda que el relato inicial se quedara ah y que no le gustaba que lo supieran terceros. Se gener en ella una situacin de vergenza respecto de esa relacin con el abuelo, apunta la sentencia.

Recuerda el fallo que la psicloga puso de manifiesto la buena relacin y afecto que mantena la nia con el abuelo, respecto del que, solo despus de relatados los hechos consider la maldad de esa accin, pasando de la ansiedad al enfado por la publicidad de su relato.

Confluyen todos los requisitos precisos para entender que ese testimonio de la nia, realizado con los lmites de expresividad de lo que es posible, rene todos los requisitos precisos para entender que debe de dar lugar al relato de hechos probados que hemos realizado, dice el fallo. El tribunal tambin destaca que, tanto el padre como la madre de la nia, fueron coincidentes en el sentido de que su relacin era cordial. Consideran los juzgadores que tampoco exista animadversin por parte de la madre de la pequea ni hacia su suegro ni tampoco a su marido del que se haba separado.

El relato de la nia resulta verosmil y no es disparatado o increble como as resulta del hecho no cuestionado de que la nia dorma con el abuelo, a diferencia de sus hermanos, por lo que sobre tal tema no existe fabulacin ninguna, dice la sentencia. El tribunal recuerda que la defensa aleg que la ltima vez que la nia durmi con su abuelo haba sido varios das antes de tener las pesadillas y que, por tanto, no eran reactivas a su relacin con el acusado. Tambin dijo que el hermano tena pesadillas. Tales datos, siendo ciertos, no suponen ningn obstculo a la veracidad del testimonio de la nia, dice el fallo.


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