Reclamo de políticas preventivas y celeridad

Marcela Alfaro es psicóloga y en 2010 su vida tuvo un cambio inesperado. Su hijo Javier murió en un choque.

La mujer, como tantos otros familiares de víctimas de siniestros viales, se encontró de pronto frente a un sistema judicial lento que no daba respuestas tanto a la causa de su hijo, como a la de otras tantas víctimas.

Fue entonces que se convirtió en miembro del Foro de Familiares y Amigos de Víctimas de Siniestros Viales de Córdoba, un colectivo de allegados a personas que murieron en las calles y rutas de la provincia y que pugnan para que las causas judiciales tengan mayor celeridad y los responsables de homicidios culposos sean juzgados y condenados.

En este sentido, en medio de la realización de numerosas campañas y protestas para exigir mayor prevención, el grupo mantuvo contactos con autoridades judiciales de Córdoba en reclamo para la agilización de las causas por siniestros viales.

En la ciudad de Córdoba funciona un solo juzgado correccional, a cargo del juez Armando Angeli, que juzga siniestros de tránsito, entre tantos otros homicidios culposos (donde se entiende que el acusado actuó sin intención de provocar la muerte).

Hace unos meses, luego de la intermediación del fiscal General Alejandro Moyano, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba dispuso que otros juicios por siniestros viales pasen a ser juzgados en Cámaras del Crimen (en el fuero penal de Tribunales II) para descomprimir la atiborrada sede Correccional.

“Es muy positiva esta disposición, porque permitirá que numerosas causas sean finalmente juzgadas y no que pase tanto tiempo”, afirmó Alfaro, quien remarcó que, por otra parte, el Estado debe promover y ejecutar una política de prevención de accidentes de tránsito.

Modificación de la ley


En junio, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó y giró al Senado, para su tratamiento, un proyecto de ley que prevé un aumento en las penas de los delitos viales en los casos de muerte y lesiones graves provocadas por automovilistas.

Entre las conductas consideradas como agravantes, están las de darse a la fuga y no socorrer a la víctima; conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes; manejar 30 kilómetros por hora por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho; y violar semáforos y señales viales.

Sin embargo, los familiares de víctimas de siniestros viales cuestionan el proyecto de ley, ya que, según ellos entienden, pese a que se eleva el máximo de la pena a seis años de prisión, se mantiene el mínimo de esa condena eventual en tres años, lo que permite que continúe siendo excarcelable.

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